Preguntas Frecuentes

Viviendo en Estados Unidos

1. ¿Cuánto dinero de bolsillo debo llevar al viajar a Estados Unidos?

El Departamento de Inmigraciones de los Estados Unidos requiere que ingreses al país con un mínimo de dinero que le permita cubrir sus gastos de alojamiento, alimentación, transporte y gastos personales de las primeras semanas antes de recibir su primer cheque. SEP Costa Rica sugiere llevar un mínimo de US 1,000 como bolsa de viaje en efectivo o tarjeta de crédito.

2. ¿Donde puedo guardar mi dinero en Estados Unidos?, ¿ Puedo abrir una cuenta bancaria?

Es indispensable que los participantes abran una cuenta bancaria al llegar a los Estados Unidos. Durante los primeros 15 días del programa los estudiantes deben abrir una cuenta bancaria corriente (checking account). Al abrir la cuenta bancaria los estudiantes pueden depositar el dinero que llevan de bolsillo y depositar el salario que reciben en cada fecha de pago. Además, con la cuenta bancaria los estudiantes obtendrán una tarjeta debito que puede usarse para pagar en cualquier establecimiento sin recargos.

3. ¿Quién es responsable por mí bienestar en Estados Unidos?

El SPONSOR es responsable por cada participante del programa Work & Travel una vez llegan a Estados Unidos. SEP Costa Rica puede actuar como intermediario entre el participante y el SPONSOR, sin embargo toda comunicación, solicitud, información, queja o reclamo del participante debe ser enviada directamente al SPONSOR de manera escrita a los correspondientes correos electrónicos.

4. ¿Qué debo hacer al llegar a mi ciudad de destino?

El participante debe reportarse a la dirección de hospedaje del empleador o al lugar de hospedaje que ha reservado con anterioridad. Al día siguiente o lunes siguiente en caso de llegar un fin de semana a Estados Unidos, el estudiante debe reportarse en las oficinas del empleador para empezar el proceso de diligenciamiento de documentos de la empresa. El estudiante también debe reportar su llegada a SEVIS por medio del sistema en línea del SPONSOR, este reporte se debe hacer en un periodo máximo de cinco días desde la fecha de llegada a Estados Unidos. El reporte en SEVIS es de carácter obligatorio y de no hacerse el SPONSOR puede terminar el programa del estudiante inmediatamente y cancelar la respectiva visa. respectiva visa.

5. ¿Por qué debo reportar mi llegada con SEVIS?

Es requisito del Departamento de Estado de Estados Unidos que todo participante que viaje al país por medio de una visa J-1 reporte la llegada y valide el programa ya que hace parte del protocolo de seguridad nacional. Además, el gobierno requiere saber el lugar donde se encuentra viviendo cada participante. También es requisito indispensable reportarse en SEVIS mensualmente. El participante debe ingresar por medio de la plataforma del SPONSOR y hacer los respectivos reportes por medio de una serie de preguntas que el sistema arroja. Si el participante olvida hacer el reporte mensual el SPONSOR puede terminar el programa inmediatamente y cancelar la respectiva visa.

6. ¿Dónde voy a vivir u donde me voy a hospedar?

Generalmente el mismo empleador ofrece la vivienda e información de la misma se encuentra detallada en la oferta de empleo. Los estudiantes podrán encontrar en el documento de oferta de empleo el precio, el tipo de vivienda, la dirección del lugar y la distancia al lugar de trabajo. Algunos empleadores no ofrecen el servicio de vivienda sin embargo proveen información sobre diferentes lugares disponibles a los cuales el estudiante debe llamar y comunicarse para garantizar un lugar donde vivir. SEP Costa Rica no es responsable de buscar o asignar un lugar de vivienda al estudiante en caso que este haya aceptado una oferta de empleo sin servicio de hospedaje.

7. ¿Como encuentro un lugar donde vivir si el empleador no ofrece el hospedaje?

Si el estudiante escoge aplicar a una oferta de empleo que no ofrece vivienda, es responsabilidad de este encontrar un lugar para vivir. Los empleadores que no ofrecen el servicio de vivienda proveen en la oferta de empleo 3 o 4 opciones donde los estudiantes pueden llamar y reservar su vivienda. El estudiante debe revisar en internet, llamar o enviar los correos electrónicos que sean necesarios para poder garantizar un lugar donde vivir.

8. ¿Si el empleador ofrece vivienda, esta es gratis?

La vivienda no es incluida en los precios del programa ni tampoco es gratis, sin embargo algunos empleadores ofrecer servicio de vivienda a un precio mínimo o totalmente gratuita. Este tipo de empleadores usualmente llena los cupos de estudiantes muy rápido por lo que es necesario aplicar con tiempo para adquirir este tipo de beneficios. Una vivienda muy económica usualmente oscila entre US 0 a US 200 por mes. Una vivienda económica maneja precios entre US 201 a US 300 por mes. Una vivienda promedio oscila entre US 301 a US 420 por mes y finalmente la vivienda costosa que oscila entre US 421 a US 600 por mes. El valor de la vivienda siempre depende del lugar de destino, el tipo de vivienda, la comodidad, el número de estudiantes por habitación, la distancia al lugar de trabajo y si el mismo es amoblado.

9. ¿Necesito tomar bus para ir a mi trabajo? ¿Hay transporte público cerca de mi lugar de trabajo?

En el 90% de las ofertas de empleo no es necesario tomar transporte público para ir al trabajo. Los estudiantes viven relativamente cerca al lugar de trabajo y se transportan por bicicleta o a pie aunque los recorridos pueden tomar entre 05 a 50 minutos. En caso de que sea necesario tomar transporte público el costo promedio es de US 2.25 a US 4.5 diarios, sin embargo en algunos lugares el transporte es gratis y la mayoría de ofertas de empleo se encuentran en lugares turísticos o costeros de los EEUU, lo cual permite a los estudiantes usar diferentes medios de transporte como bicicleta, bus público, o simplemente caminar.

10. ¿El empleador me ofrece comidas o alimentación? Donde puedo comer?

El programa NO incluye ni el alojamiento ni la alimentación. El empleador tampoco debe ofrecer la alimentación, sin embargo algunos empleadores ofrecen bonos de descuento en comida o una o dos comidas gratuitas si el estudiante está trabajando para un restaurante o café. Un alto porcentaje de estudiantes sale a mercar y cocina diariamente en la casa o apartamento ya que estos usualmente cuentan con cocina equipada y los utensilios necesarios. Otros estudiantes prefieren comer en restaurantes o por fuera de la casa lo que representa un gasto alto en solo comidas.

11. ¿Cuánto dinero voy a gastar en comidas?

El dinero que se puede gastar un estudiante en comida depende de los factores mencionados en el párrafo anterior. En promedio un estudiante puede gastar en mercado unos US 70 quincenales. Algunas veces puede ser mayor o inferior. Si el estudiante no cocina y sale a comer el gasto puede llegar a los US 120 a la semana.

12. ¿Cada cuanto voy a recibir mi salario?

La mayoría de empleadores usualmente paga quincenal, sin embargo algunos hacen pagos cada semanalmente. La oferta de empleo presenta información sobre la manera como los empleadores harán los pagos correspondientes por salario.

13. ¿Como voy a recibir mi salario?

El salario se recibe por medio de un cheque (paycheck) y este debe ser cambiado por el participante en el banco o depositado en la cuenta corriente personal que tienen en el banco. En el paycheck los participantes pueden visualizar el número de horas que trabajaron en el periodo de pago, el salario por hora normal y hora extra y loas deducciones o descuentos que apliquen tales como hospedaje, comidas, impuestos etc.

14. ¿Que son las deducciones por impuestos?

Todo trabajador en Estados Unidos debe pagar impuestos al gobierno. Existen cuatro (4) diferentes tipos de impuestos, sin embargo los participantes del programa Work & Travel solo deben pagar dos (2) tipos que son: federales y estatales. Estos impuestos corresponden a un porcentaje máximo del 10% en impuestos federales y un 4% máximo en impuestos estatales del salario recibido y son deducidos directamente en los cheques de pago (paychecks). Los participantes pueden aplicar a devolución de los impuestos federales el siguiente año fiscal, entre el 15 de Enero y 15 de Abril.